Desde las dos últimas décadas del siglo XX, motivado tanto por el impulso de la academia y organismos internacionales, así como por los propios pueblos originarios en búsqueda del cumplimiento de sus derechos como ciudadanos, entre ellos el derecho a su propia identidad, en países como México, Ecuador, Bolivia y Perú los gobiernos de turno empezaron a diseñar y aprobar una serie de medidas políticas destinadas a poner en práctica los lineamientos del enfoque intercultural en los diferentes órganos administrativos estatales. En el caso del Perú, la primera experiencia se vio reflejada en el campo educativo a través de la implementación de la Educación Bilingüe Intercultural en 1989, a lo largo los siguientes años se emanaron una serie de normas, leyes, decretos supremos y otros, destinados a la aplicación de la interculturalidad en otros órganos administrativos, principalmente en el campo de la salud y la justicia; para luego en 2015, al aprobarse la “Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural”, sentar las bases legales para “interculturalizar el Estado” y con ello lograr asegurar los derechos de todos los ciudadanos peruanos sea cual fuere su procedencia cultural.
Los objetivos de la propuesta de ponencia que se presenta son: a) identificar la normatividad legal generada por el Estado peruano que fomenta y establece la necesidad de la aplicación del enfoque intercultural en campos como la educación, salud, justicia y otros; y, b) analizar la manera como la normatividad legal generada en torno a la interculturalidad, está o no coadyuvando a “interculturalizar el Estado”, y con ello garantizar los derechos de la totalidad de la población. La metodología utilizada corresponde al enfoque cualitativo, con las técnicas de la investigación documental y trabajo de campo continuo desde hace dos décadas, asistiendo y participando en diferentes eventos académicos, foros, actividades y otros que analizan, promueven y/o ponen en práctica la interculturalidad. Los resultados de este estudio nos llevan a sostener que si bien se ha
generado una amplia normatividad legal sobre el reconocimiento a la diferencia y la interculturalidad, es poco lo avanzado en su aplicabilidad, por la escasa voluntad y el ligero conocimiento que tienen los gobiernos de turno, así como la población en general, de la importancia de este enfoque en realidades pluriculturales como es el caso peruano.