En abril de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) hizo público su fallo a favor de la Asociación Lhaka Honhat en el caso “Comunidades indígenas miembros de la Asociación de Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) vs. Argentina”. Por medio de la sentencia, la Corte IDH condenó al Estado argentino por la violación del “derecho a la propiedad”, la “falta de titulación” y la “omisión” de acciones efectivas tendientes a controlar la deforestación en el territorio indígena (Sentencia, 2020: 5). Ahora bien, si la Corte IDH se ocupa de los derechos indígenas y los terceros no entran en el proceso jurídico, lo cierto es que sus declaraciones producen efectos sobre otras poblaciones que habitan la zona. Tal como la sentencia identifica, para lograr la restitución de tierras ancestrales indígenas en los ex lotes fiscales 55 y 14, Departamento Rivadavia, provincia de Salta, Argentina, es central “hacer efectivo el traslado de la población criolla”. Mi ponencia se interesa por reponer los puntos de vista de actores que, tal como sucede los criollos, no suelen ser considerados en litigios que involucran a la Corte IDH. En segundo termino, describe y analiza desde sus perspectivas, ciertos efectos de la sentencia a nivel local y para ello se concentra en la diversidad de experiencias y estrategias de relocalización desarrolladas por los criollos. Mi aproximación al caso etnográfico bajo análisis se apoya en datos relevados durante varios trabajos de campo realizados entre 2012 y 2020 y, muy especialmente, en una serie de entrevistas antropológicas y registros de observación participante del 2022 y 2023.